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Un grado de trato personal "cosificante" (permítaseme el término), el tratar al otro como una cosa, y ni siquiera como simple cosa sino como algo desechable, llevó a decir al psiquiatra Marietan, especialista en psicopatías, que la "...cosificación es un concepto importante para describir a un psicópata, porque el psicópata no ve una persona con derechos, sino a una cosa, a un objeto a ser utilizado para su propio beneficio". No se trata de una cuestión menor, el advertir que, en una variación conceptual, persona viene a quedar identificada con cosa. Ahora bien, resulta que el maltrato -principalmente psíquico-, propinado por una persona a otra durante un lapso temporal determinado, revela un trato "cosificante", y a ese movimiento destructivo se lo conoce como mobbing o acoso psicológico. Si bien todo psicópata cosifica, no todo el que cosifica es psicópata, pero la línea viene a ser tan delgada que parece difuminarse la diferencia.

Contra la indicada atmósfera se vienen perfilando algunos proyectos de ley, aunque la justicia ya ha tomado cartas en el asunto y, entre aciertos y desaciertos, lo importante es que se ha querido mirar de frente al flagelo, quitándolo así del anonimato en el que se encontraba.

"El acoso psicológico se revela siempre y en todo caso, y de forma primaria, como agresión al estado de salud del trabajador-víctima, con importantísimos efectos negativos o perjudiciales en su equilibrio emocional y psíquico. Ese desequilibrio culmina con padecimientos tales como ansiedad, trastornos del sueño, fobias, problemas músculo esqueléticos, digestivos, etc., pues el acoso psicológico comprende conductas atentatorias tanto contra la autoestima, como contra la reputación de la víctima, contra la libertad de comunicación y contra el derecho a no sufrir discriminaciones. Los derechos afectados por el acoso psicológico están garantizados en varias normas con rango constitucional".

© 2018 por N. M. Devolder.

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